Auto Supremo AS/0264/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2017-RRC

Fecha: 17-Abr-2017

Con la anterior precisión, en el caso de autos se advierte que formulado el recurso


Con la anterior precisión, en el caso de autos se advierte que formulado el recurso de apelación restringida por el recurrente y remitidos los antecedentes, el Tribunal de alzada observó el recurso por providencia de 18 de agosto de 2016, indicando que el primer y segundo motivo si bien se refieren a la norma habilitante no hacen referencia de forma clara a la norma violada o erróneamente aplicada en cada motivo, ni a la aplicación que se pretende, por lo que otorgó al efecto un plazo de tres días para que se subsanen ambas observaciones; es así, que el apelante presentó memorial de subsanación a fs. 200, donde precisó respecto a su primer motivo que la sentencia se basó en una valoración defectuosa de la prueba [inc. 6) del art. 370 del CPP], indicado que la norma violada fue el art. 173 del CPP y en lo que refiere a la aplicación que se pretendía señaló que el Tribunal observe la sana crítica en su elemento de lógica, cuestionando el valor probatorio de ciertas pruebas por lo que se debió disponer que las entrevistas policiales recibidas durante la etapa preparatoria carecían de valor probatorio, ante el incumplimiento del principio de inmediación; asimismo, respecto al segundo motivo apelado, referido a la falta de fundamentación en la sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria [inc. 5) del art. 370 del CPP] precisó que la norma vulnerada fue el art. 124 del CPP, para luego de expresar que pretendía que la fundamentación contenga una explicación clara del porqué se llegó a una determinada conclusión y se explique con qué prueba la sentencia apoya sus conclusiones