Auto Supremo AS/0297/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

II.3. Del Auto de Vista impugnado


El imputado formuló recurso de apelación restringida, denunciando errónea aplicación de la ley sustantiva, con base al art. 370 inc. 1) del CPP pues a su criterio, en ningún momento su conducta se hubiera adecuado al tipo penal condenado, indicó que el Ministerio Público no habría presentado documento o manual de funciones en el que se demuestre que lo realizado estaba fuera de sus atribuciones; y por otra parte, señala que existiría una oferta de devolver o reponer la motocicleta, concluyendo que no se habría configurado el tipo penal acusado, porque el bien no fue utilizado en beneficio propio, sino en función de apoyar a un funcionario de SEDUCA.

Por otro lado, invocando el art. 370 inc. 6) del CPP, indica que la sentencia de basa en hechos inexistentes y no acreditados, en una valoración defectuosa de la prueba, señalando que en la sentencia no existe una referencia precisa a los hechos probados y valoración de la prueba que determine que evidentemente se produjo el delito de Uso Indebido de Bienes y Servicio, además de haberse eliminado la valoración íntegra de la prueba documental de descargo y pronunciado sólo sobre algunas pruebas de descargo sin otorgarlos valor probatorio, concurriendo los defectos previstos por el art. 370 incs. 3) y 5) del CPP. Por último, denuncia la vulneración del principio de legalidad, el debido proceso y el derecho a una resolución debidamente fundamentada.

II.3. Del Auto de Vista impugnado