Incumplimiento de Deberes, tipificado por el art
Por Sentencia 23/2016 de 28 de junio de 2016, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a José
Luís Antezana Paz Torrico, autor de la comisión del delito de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, previsto y sancionado por el art. 26 de la Ley 004, imponiendo la pena de tres años de privación de libertad, más costas, daños y perjuicios. Por otro lado, declaró su absolución por el delito de
Incumplimiento de Deberes, tipificado por el art. 154 del CP, imponiendo el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia, con base a los siguientes entendimientos:
En su apartado III. punto 2 refiere que: la documental MP1, evidencia que la motocicleta fue entregada al acusado, para fines establecidos en el mismo acta; la documental MP2, demuestra que la referida moto fue robada de un domicilio particular; la Prueba MP3, acredita que la mencionada motocicleta es de propiedad de la Prefectura del Departamento de Pando; la prueba MP4, acredita la falta de la motocicleta que fuere entregada al ahora acusado; la MP5, acredita la pérdida de la referida motocicleta; la documental MP8, consiste en el informe del acusado, donde denuncia que la mencionada motocicleta fue prestada a un profesor y fue robada la misma y que asume la responsabilidad de resarcir el daño, finalmente determina que las declaraciones de José Luis Antezana Sosa, Toribio Andrés Pocoaca Callisaya y Richard Germán Pilco Escobar, son de personas que conocen y saben del proceso por lo tanto son idóneas y creíbles
- Por memorial presentado el 25 de octubre del 2016, cursante de fs
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 44/2017-RA de 20 de enero,
- El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación a tiempo
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 44/2017-RA de 20 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Incumplimiento de Deberes, tipificado por el art
- II.2. De la apelación restringida
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró procedente el
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso en concreto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
