La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró procedente el
La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró procedente el recurso de casación del imputado, anuló la sentencia y dispuso la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia, con el siguiente argumento:
El Tribunal de sentencia no menciona la prueba en que basa sus afirmaciones, que si bien se hace la fundamentación descriptiva de la prueba; empero, no hace la fundamentación intelectiva o valorativa de la prueba, reitera que no se habría expresado el valor probatorio otorgado a las pruebas admitidas legalmente en juicio, se habría hecho afirmaciones respecto a cómo sucedió el hecho sin mencionar un solo elemento probatorio, para concluir señalando que no se habría cumplido con lo establecido por el art. 173 del CPP, porque no se asignó el valor correspondiente a cada uno de las pruebas.
III. VERIFICACIÓN DE DENUNCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
En el caso presente el representante del Ministerio Público denuncia la vulneración de derechos y garantías constitucionales, alegando falta de fundamentación en el Auto de Vista recurrido, por cuanto el Tribunal de alzada anuló la Sentencia emitida en la causa sin establecer de manera suficiente, expresa y específica sobre los motivos de esa decisión, por lo que corresponde resolver la problemática planteada
- Por memorial presentado el 25 de octubre del 2016, cursante de fs
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 44/2017-RA de 20 de enero,
- El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación a tiempo
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 44/2017-RA de 20 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Incumplimiento de Deberes, tipificado por el art
- II.2. De la apelación restringida
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró procedente el
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso en concreto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
