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    Auto Supremo AS/0300/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0300/2017-RRC

    Fecha: 20-Abr-2017

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    • Por memorial presentado el 6 de octubre de 2016, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 6/2015 de 13 de febrero (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, los querellantes Ibett Patricia e Iván todos de
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 32/2017-RA de 20 de enero,
    • El recurrente advirtiendo la existencia de lesión al debido proceso en la vertiente de falta
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita que una vez admitido su recurso, se ordene a la Sala Penal
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 32/2017-RA de 20 de enero, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
    • Por Sentencia 6/2015 de 13 de febrero, el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • Con la disidencia del Juez Técnico (presidente) y una Juez ciudadano, a criterio de los
    • II.2. De la apelación restringida de la acusación particular
    • Contra la mencionada Sentencia, la acusación particular formuló recurso de apelación restringida, que en relación
    • También, existiría inobservancia del art
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró procedente la
    • En cuanto, al cuestionamiento de errónea aplicación del art
    • En el caso presente, la parte imputada denuncia que el Tribunal de alzada emitió el
    • III.1.De la fundamentación de las resoluciones como parte del debido proceso
    • A los fines de resolver la problemática planteada se debe tener presente, que dentro de
    • III
    • La imposición de la pena corresponde a la autoridad sentenciadora, quien previa valoración de las
    • En cuanto a la imposición de la pena, este máximo Tribunal de Justicia precisó criterios
    • La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni, en su obra Manual de Derecho
    • Ahora bien, en lo que respecta a la primera etapa de individualización de la pena
    • En el caso del marco penal del delito de asesinato, el legislador estableció como sanción
    • Al respecto, relacionado al tema analizado y por la importancia del caso, corresponde acudir a
    • Desglosado el mencionado precepto, se puede establecer que contiene por un lado las conversiones de
    • Ahora bien, considerando la pena prevista para el delito de asesinato, se establece que este
    • Con ese fundamento, el Juez o Tribunal que fija una pena tiene la obligación de
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Con dichos argumentos de manera inequívoca se puede concluir que los argumentos expuestos en
    • Pero además, el Tribunal de alzada a mayor abundamiento no sólo señala que la pena
    • Para orientar mejor la presente Resolución, y para entender las razones que han motivado la
    • Además, siempre en el marco de la Ley de Ejecución de Penas, corresponde señalar que
    • La razón porque este Tribunal invoca tal presupuesto legal, es porque coadyuva a demostrar que,
    • Finalmente, en cuanto a la alegación del recurrente de que el fundamento del Auto de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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