Auto Supremo AS/0300/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró procedente la


La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró procedente la apelación planteada, ratificando la Sentencia apelada con la modificación de la pena privativa de libertad de treinta años de presidio sin derecho a indulto, bajo los siguientes argumentos:

Respecto a la de 30 años del tipo penal condenado [art. 252 incs. 2) y 3) del CP]; queda claro que no tiene establecida un grado mínimo y máximo que permita al juzgador graduar la pena acorde a las reglas de aplicación de ésta o la llamada dosimetría penal; al contrario, corresponde aplicar el principio de legalidad de la pena, porque si el legislador ha establecido para el Asesinato un pena única de treinta años de presido ella es la que se aplica y no otra. Por lo tanto, desde este punto de vista enteramente legal, se concluyó que el Tribunal a quo efectuó una errónea aplicación de la ley sustantiva y del primer párrafo del art. 252 del CP, respecto de la pena impuesta, más si en la sentencia el mismo Tribunal en pleno; vale decir, los jueces técnicos como ciudadanos determinaron la concurrencia de los incs. 2) y 3) del art. 252 del CP, elemento que no fue cuestionado por el acusado a través del recurso de apelación restringida