2)Además arguye que, el Tribunal de apelación convalidó la decisión del Tribunal de Juicio sobre
2)Además arguye que, el Tribunal de apelación convalidó la decisión del Tribunal de Juicio sobre el agravio de la apelación restringida relativo a la contradicción entre la parte considerativa con la dispositiva infringiendo así el art. 407 del CPP, en concordancia con el art. 370 inc. 5) de la cita norma adjetiva, ya que por un lado el Tribunal de Sentencia hizo una correcta subsunción de los hechos probados en que los imputados realizaron acciones ilegales que se traducirían en Robo Agravado; pero, por otra parte en la parte resolutiva se refiere que para el delito mencionado los acusados quedan absueltos de pena y culpa, vulnerando el debido proceso consagrado en los arts. 115, 180 y 182 de la Constitución Política del Estado (CPE)
- Por memorial presentado el 27 de octubre de 2016, cursante de fs
- a)Por Sentencia 6/2009 de 21 de septiembre (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 080/2017-RA de 24 de enero,
- 1)La entidad recurrente alega que el Tribunal de alzada convalidó los graves errores in procedendo
- 2)Además arguye que, el Tribunal de apelación convalidó la decisión del Tribunal de Juicio sobre
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 080/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 6/2009 de 21 de septiembre, el Tribunal de Sentencia de Villamontes de la
- Marco A
- El representante del Ministerio Público arguye que existen vicios en la sentencia, citando entre ellos:
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto de Vista
- Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por YPFB representado por Lorena Jauregui Estrada, para su
- III.1. Sobre la garantía del debido proceso y la debida fundamentación
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
- Ahora bien, por mandato del art
- En concordancia con lo anterior, estableció: ““Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- De la doctrina señalada, se establece que ninguna autoridad que emita un fallo puede omitir
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el primer motivo, la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en
- Sobre el particular se evidencia que el Tribunal de alzada, englobando los dos recursos de
- Como se observa de las respuestas que da el Tribunal ad quem a los argumentos
- En cuanto al segundo motivo, por el que la parte recurrente, reclama que el Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
