Auto Supremo AS/0307/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

Por Sentencia 6/2009 de 21 de septiembre, el Tribunal de Sentencia de Villamontes de la


Por Sentencia 6/2009 de 21 de septiembre, el Tribunal de Sentencia de Villamontes de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, con la disidencia de los jueces técnicos, declaró a Roberto Carlos Zenteno Poma, Carlos Valdez Ruiz, Hernán Valdez Ruiz, Alexander Ángel Valdez Ruiz, Alex Valdez Ruiz y Juan Ordoñez Guerrero, absueltos de responsabilidad y pena de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el art. 332 incs. 1), 2) y 3) del CP, sin costas; habiendo señalado entre sus conclusiones que, los jueces ciudadanos manifiestan que si bien el hecho existió, encuentran una serie de contradicciones en los testigos de cargo y que no existiría prueba suficiente para acusar a los imputados; puesto que, los mismos testigos habrían creado la duda, al indicar que no los vieron en el lugar de los hechos; asimismo, manifiestan que los testigos son interesados en el caso; puesto que, los primeros comunarios que se sirven del agua que pasa por las cañerías, los demás son Trabajadores de YPFB y los policías que se contradecían, no siendo declaraciones precisas; es así que, de la prueba testifical y documental los comunarios del lugar y Yacimientos, querían hallar al culpable a como de lugar teniéndose de la participación del co-imputado Carlos Valdez Ruiz, a tiempo de la declaración del testigo de cargo Policía Celso Álvarez, que los comunarios los amenazó para que se culparan de la comisión del hecho, que al no haberse mostrado poca credibilidad en sus declaraciones falta total de responsabilidad en sus trabajos al no haber conservado los elementos materiales de prueba como el arma de fuego, sierra corta fierro, picota, linternas, sogas, metros, bidones y otros objetos, que supuestamente fueron encontrados en el lugar del hecho; asimismo, tampoco se habría adjuntado muestras fotográficas que se indicó se sacó, afirmando el asignado al caso que se encuentra en la computadora, por lo que la prueba documental les resulta insuficiente