Respuesta al recurso
Respuesta al recurso:
A su vez el demandante Justino Pillco Gutiérrez, por memorial de fs. 755 y vta., refiere que, el recurrente no habría señalado el efecto procesal del que adolece el Auto de Vista, situación que haría de que el recurso sea incompleto, pues carecería de total técnica recursiva al no contar con la fundamentación exigida por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, solicitando sea declarado improcedente, a ese efecto cita como Jurisprudencia el Auto Nacional Agrario 01/2007 de 12 de enero
A su vez el demandante Justino Pillco Gutiérrez, por memorial de fs. 755 y vta., refiere que, el recurrente no habría señalado el efecto procesal del que adolece el Auto de Vista, situación que haría de que el recurso sea incompleto, pues carecería de total técnica recursiva al no contar con la fundamentación exigida por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, solicitando sea declarado improcedente, a ese efecto cita como Jurisprudencia el Auto Nacional Agrario 01/2007 de 12 de enero
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