Cita los arts
Cita los arts. 371 y 176 del Código de Procedimiento Civil, señalando que a fs. 123 cursa el Auto de relación procesal y se señala los puntos de hecho a ser demostrados, dicho auto fue atacada inadecuadamente por el demandado con recurso de reposición bajo alternativa de apelación. Sin embargo solicitó complementación del auto y fue aceptada mediante Auto de fs. 131 empero de ello, apeló de dicha resolución que es contrario a los actos propios, y el Auto de Vista que resuelve la apelación confirma el decisorio recurrido que admite la prueba, deduciendo que el Auto de Vista de fs. 550 a 555 contiene disposiciones contradictorias a lo ya resuelto en el Auto de Vista de fs. 473 y vta. Añade que el párrafo III del Auto de Vista, considera como prueba no valida la prueba producida de su parte que vulnera su derecho a la defensa, a la propiedad y protección de la justicia, es un hecho inobjetable pues los daños y perjuicios se encuentran probados, existiendo prueba pericial documental que se generaron en la propia acción reinvindicatoria. Describe que el Auto de Vista no considera sus pruebas sobre la calificación de los daños y perjuicios fueron ofrecidas y adosadas en el proceso dentro del plazo que señala la ley, la calificación por el Ad quem de haber producido medio de prueba en forma extemporánea, es incorrecto y efectúa una descripción de folios en los que se presentó prueba, se ratificó la misma y la producción de ciertos emitidos de prueba periciales, con ello describe quebrantamiento del art. 377 del Código de Procedimiento Civil, por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare valida la sentencia de primera instancia
- Partes: Margoth Arias Vda. de Quiroga. c/ Sociedad Comercial CARPINPISO S.R.L
- Proceso: Mejor derecho de propiedad y otros
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Cita los arts
- Acusa que el Auto de Vista no valoró las pruebas de cargo respecto a los
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare probada la
- Recurso de casación de la Empresa CARPINPISO S.R.L. de fs. 562 a 566 vta
- Refiere que en el punto III
- Señala que los dos puntos expuestos demuestran falta de consideración, valoración y pronunciamiento y citan
- Acusa falta de valoración y relación de las pruebas, añadiendo que mediante memorial adjuntó documentación
- Acusa falta de fundamentación jurídica congruente, en toda la resolución bajo el criterio de justicia,
- Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista
- La actora contesta el recurso de los demandados en escrito de fs
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En el Auto Supremo N° 721/2016 de 28 de junio se ha explicados sobre los
- Ahora en cuanto a los elementos de la responsabilidad civil extracontractual, conforme a la doctrina
- La antijuridicidad o ilicitud entendida como la constatación que generarse una conducta contraria a la
- También forma parte de los elementos de la responsabilidad civil, el nexo de causalidad o
- Para la concurrencia de la calificación de responsabilidad civil extracontractual deben concurrir los cinco elementos
- Nuestra legislación en el artículo en estudio señala, sigue la responsabilidad extracontractual subjetiva, por dicho
- Ahora bien, corresponde establecer de qué forma se responde por el daño causado; en ese
- La reparación consiste en restablecer la situación al estado anterior a la generación del daño,
- La indemnización, en cambio, consiste en pagar por los daños y perjuicios cuando resulta imposible
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- El Ad quem refiere que la pericia fue la prueba que determinó la procedencia del
- En lo demás la recurrente en forma genérica solicita se tome en cuenta la prueba
- En este punto solo se evidencia infracción de la no consideración de la pruebas de
- Del recurso de casación de CARPINPISO S.R.L
- Respecto a la acusación que se omitió pronunciarse sobre las cinco apelaciones diferidas; corresponde señalar
- En cuanto a la falta de pronunciamiento del recurso de reposición bajo alternativa de apelación
- Respecto a la acusación de valoración de las pruebas, respecto a las literales de fs
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Se recomienda al personal de primera instancia cumplir con sus funciones de manera diligente, respecto
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
