Respecto a la acusación que se omitió pronunciarse sobre las cinco apelaciones diferidas; corresponde señalar
Respecto a la acusación que se omitió pronunciarse sobre las cinco apelaciones diferidas; corresponde señalar que la finalidad del recurso de casación en modificar el fondo del decisorio pronunciado por los de instancia, para ello el actual Código Procesal Civil en la primera parte del art. 271.I y art. 274.I num. 3) se señala que el recurso de casación puede ser planteado en la forma o en el fondo, o ambos a la vez, aspecto que debe ser delimitado por el recurrente en función al principio dispositivo en materia recursiva, pues son las partes las que definen la finalidad de sus pretensiones, así corresponde señalar que el recurso en la forma tiene la finalidad de buscar una anulación (con o sin reposición), buscando un vicio de procedimiento que sea subsanado o cuestionando una nulidad procesal dispuesta por el Tribunal de Alzada; en cambio el recurso de casación en el fondo tiene la finalidad de analizar el fondo de la problemática, sin necesidad de retrotraer actuados del proceso, analizando el decisorio emitido, sea en cuanto a la aplicación de la norma jurídica o respecto a los errores de hecho o de derecho en la apreciaciones de la prueba, conforme a la normativa descrita precedentemente; ahora de la revisión de la acusación contenida en este punto se tiene que la falta de pronunciamiento constituye ser un vicio de procedimiento, esto es la incongruencia omisiva en la decisión impugnada, la misma que constituye una acusación de forma y no de fondo, por lo que la misma no podía ser analizada dentro el recurso de casación en el fondo, cuya finalidad es evaluar el decisorio que define las pretensiones de las partes
- Partes: Margoth Arias Vda. de Quiroga. c/ Sociedad Comercial CARPINPISO S.R.L
- Proceso: Mejor derecho de propiedad y otros
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Cita los arts
- Acusa que el Auto de Vista no valoró las pruebas de cargo respecto a los
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare probada la
- Recurso de casación de la Empresa CARPINPISO S.R.L. de fs. 562 a 566 vta
- Refiere que en el punto III
- Señala que los dos puntos expuestos demuestran falta de consideración, valoración y pronunciamiento y citan
- Acusa falta de valoración y relación de las pruebas, añadiendo que mediante memorial adjuntó documentación
- Acusa falta de fundamentación jurídica congruente, en toda la resolución bajo el criterio de justicia,
- Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista
- La actora contesta el recurso de los demandados en escrito de fs
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En el Auto Supremo N° 721/2016 de 28 de junio se ha explicados sobre los
- Ahora en cuanto a los elementos de la responsabilidad civil extracontractual, conforme a la doctrina
- La antijuridicidad o ilicitud entendida como la constatación que generarse una conducta contraria a la
- También forma parte de los elementos de la responsabilidad civil, el nexo de causalidad o
- Para la concurrencia de la calificación de responsabilidad civil extracontractual deben concurrir los cinco elementos
- Nuestra legislación en el artículo en estudio señala, sigue la responsabilidad extracontractual subjetiva, por dicho
- Ahora bien, corresponde establecer de qué forma se responde por el daño causado; en ese
- La reparación consiste en restablecer la situación al estado anterior a la generación del daño,
- La indemnización, en cambio, consiste en pagar por los daños y perjuicios cuando resulta imposible
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- El Ad quem refiere que la pericia fue la prueba que determinó la procedencia del
- En lo demás la recurrente en forma genérica solicita se tome en cuenta la prueba
- En este punto solo se evidencia infracción de la no consideración de la pruebas de
- Del recurso de casación de CARPINPISO S.R.L
- Respecto a la acusación que se omitió pronunciarse sobre las cinco apelaciones diferidas; corresponde señalar
- En cuanto a la falta de pronunciamiento del recurso de reposición bajo alternativa de apelación
- Respecto a la acusación de valoración de las pruebas, respecto a las literales de fs
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Se recomienda al personal de primera instancia cumplir con sus funciones de manera diligente, respecto
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
