Auto Supremo AS/0383/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2017

Fecha: 12-Abr-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 444 a 449, interpuesto por Alberto Aranibar Strampfer a través de su representante Marcos Julio Goytia Sardon contra el Auto de Vista de 15 de febrero de 2016, cursante de fs. 440 a 441 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario sobre rendición de cuentas seguido por Carlos Antonio Velasco Languidey contra el recurrente, la respuesta 456 a 459, el Auto de fs. 460 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 3 de septiembre de 2009, cursante de fs. 345 a 346 vta., que declaró probada la demanda, con costas; ordenando que el demandado Alberto Aranibar Strampfer, rinda cuentas de la gestión demandada en el plazo de 8 días de ejecutoriada la Sentencia, bajo conminatoria de ley