Auto Supremo AS/0395/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Que la Juez de primera instancia habría violado el código adjetivo civil, usurpando funciones del

Que la Juez de primera instancia habría violado el código adjetivo civil, usurpando funciones del Juez de Partido en lo civil, tal como lo establecen los arts. 119 y 120 de la CPE, por nulos se sus actos serian nulos al haber actuado sin competencia, pues ha momento de contestar la demanda, habrían interpuesto demanda reconvencional de usucapión decenal, demanda que debió ser admitida, abriendo la Juez A quo declinado competencia porque dicha pretensión no correspondía a los juzgados de instrucción además el valor del inmueble que se demandó sobrepasaba el valor de Bs. 80.000.- teniendo un valor catastral de Bs. 200.000.- y de un plumazo les habrían dejado sin demanda reconvencional, de poder ejercer el debido proceso y al encontrarse la competencia limitada claramente en razón de cuantía, por lo que solicitan la nulidad del proceso