Auto Supremo AS/0411/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2017

Fecha: 12-Abr-2017

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De la respuesta al recurso de casación
1.- Que de lo argumentado no señalaría de qué manera se hubiera violado e infraccionado las normas de la CPE. En la alusión del art. 4 del Código Procesal Civil tampoco existirá justificación de cómo se hubiera infringido el debido proceso, además de no referir si la casación lo hace en la forma o en el fondo, por ello no habría directriz bajo el principio de congruencia para que el tribunal de casación resuelva lo pedido y lo planteado