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De la respuesta al recurso de casación
1.- Que de lo argumentado no señalaría de qué manera se hubiera violado e infraccionado las normas de la CPE. En la alusión del art. 4 del Código Procesal Civil tampoco existirá justificación de cómo se hubiera infringido el debido proceso, además de no referir si la casación lo hace en la forma o en el fondo, por ello no habría directriz bajo el principio de congruencia para que el tribunal de casación resuelva lo pedido y lo planteado
1.- Que de lo argumentado no señalaría de qué manera se hubiera violado e infraccionado las normas de la CPE. En la alusión del art. 4 del Código Procesal Civil tampoco existirá justificación de cómo se hubiera infringido el debido proceso, además de no referir si la casación lo hace en la forma o en el fondo, por ello no habría directriz bajo el principio de congruencia para que el tribunal de casación resuelva lo pedido y lo planteado
- Espejo
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Francisco Quispe Barco por memorial de fs. 280 a 286
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- Reitera su reclamo sobre la interposición del recurso de reposición, explicando el entendimiento de su
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- Que en mérito a lo expuesto, interpone recurso de casación en la forma y en
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- Pide se declare infundado el recurso de casación
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis Doctrinal del Nuevo Código de Procedimiento Civil”, abordando
- En diversa jurisprudencia desarrollada por la Ex Corte Suprema de Justicia de la Nación así
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En una segunda parte del punto abordado reclama que en “la primera etapa” no se
- Al margen que en este acápite se cuestiona la decisión asumida por los de instancia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
