Auto Supremo AS/0411/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2017

Fecha: 12-Abr-2017

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3.- Infracción de la primera parte del numeral 1 del art. 25 y art. 5 del Código Procesal Civil. Indicando al respecto que habría interpuesto recurso de reposición por memorial de fs. 124 a 125 y se habría dispuesto traslado y que estando notificado la otra parte no habría contestado y no habría pronunciamiento del juez; al respecto el de segunda instancia habría señalado la existencia de convalidación, con ello se habría violado el art. 180.I y II de la Constitución Política del Estado y que al no haberse “valorado” su impugnación se le dejaría en estado de indefensión, que lo que correspondería era anular hasta el vicio más antiguo. Finaliza por señalar que los medios de impugnación contra resoluciones judiciales no puede ser objeto de convalidación, por ello se habría violado el art. 108-I de la Ley 439 por no haberse resuelto el recurso de reposición