Auto Supremo AS/0411/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Al margen que en este acápite se cuestiona la decisión asumida por los de instancia

Al margen que en este acápite se cuestiona la decisión asumida por los de instancia señalando a los testigos de cargo como “prueba plena e idónea”, cuando en la contrastación con las demás pruebas, referidos a las literales así como la inspección judicial se desvirtúa la concurrencia de los presupuestos esenciales para la procedencia de la demanda de usucapión, referidos al tiempo transcurrido así como la ocupación pacífica e ininterrumpida, que emergen de la interpretación lógica y sistemática de las normas contenidas en los arts. 135 y 137 del Código Civil a efectos de dar viabilidad de lo previsto por el art. 138 de la norma sustantiva señalada, de tal manera que al no concurrir los presupuestos señalados no puede ser acogida su pretensión del actor y modificar la decisión asumida por los de instancia; debiendo la parte demandada considerar los argumentos expuestos como respuesta al recurso de casación