Regístrese, notifíquese y devuélvase.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPC y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, CASA PARCIALMENTE el Auto de Vista N° 015/2016 SSA.II de fs. 143 a 144 vta., de obrados, en referencia al aguinaldo (multa doble), disponiendo que la Unidad Educativa Monzerratt mediante su representante legal cancele a favor del actor los conceptos de:
Fecha de Ingreso06/02/2012
Fecha de despido 22/06/2012
Promedio Indemnizable 1.320
Tiempo de servicios 4 meses, 15 días
INDEMNIZACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3204 MESES440,00
1.32015 DIAS 55,00
TOTAL 495,00
DESAHUCIO
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3203 MESES3.960,00
TOTAL 3.960,00
AGUINALDO
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3204 MESES440,00
1.32015 DIAS 55,00
TOTAL 495,00
SUELDO DEVENGADO
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3205 DIAS JUNIO 2012220,00
TOTAL 220,00
TOTAL BENEFICIOS A CANCELAR 5.170,00
MENOS LO CANCELADO SEGÚN FINIQUITO DE FOJAS 46990
TOTAL A PAGAR 4.180,00
Más la multa del 30% que establece el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 en su art. 9.
Sin responsabilidad, por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Fecha de Ingreso06/02/2012
Fecha de despido 22/06/2012
Promedio Indemnizable 1.320
Tiempo de servicios 4 meses, 15 días
INDEMNIZACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3204 MESES440,00
1.32015 DIAS 55,00
TOTAL 495,00
DESAHUCIO
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3203 MESES3.960,00
TOTAL 3.960,00
AGUINALDO
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3204 MESES440,00
1.32015 DIAS 55,00
TOTAL 495,00
SUELDO DEVENGADO
SALARIO PROMEDIO TIEMPOIMPORTE
1.3205 DIAS JUNIO 2012220,00
TOTAL 220,00
TOTAL BENEFICIOS A CANCELAR 5.170,00
MENOS LO CANCELADO SEGÚN FINIQUITO DE FOJAS 46990
TOTAL A PAGAR 4.180,00
Más la multa del 30% que establece el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 en su art. 9.
Sin responsabilidad, por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Auto Supremo Nº 80/2017
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- El citado auto de vista, motivo el recurso de casación en el fondo deducido por
- Expresa, que el juez a quo y el tribunal ad quem, no realizaron una interpretación,
- Refiere, que en el párrafo 14 del auto de vista existe contradicción, toda vez que
- Señala, que se canceló correctamente la indemnización por tiempo de servicios, aclara que no corresponde
- Petitorio
- Finalizó solicitando se case la sentencia y el auto de vista recurrido y deliberando en
- Refiere, que la naturaleza del recurso de casación no es precisamente valorar nuevamente los medios
- En referencia a que el juez a quo y tribunal ad quem, no dieron una
- En referencia a que el retiro no fue intempestivo, sino abandono de trabajo o voluntario,
- En referencia a que el pago fue establecido dentro del plazo de ley, indica que
- Finalizó solicitando se declare improcedente el recurso de casación en el fondo interpuesto y sea
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, los antecedentes del proceso y
- Ahora bien el art
- II
- II
- Por consiguiente y en merito a lo expuesto siendo evidente la infracción acusada respecto aguinaldo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
