Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Firmado
Magistrada Relatora Dra. Norka N. Mercado Guzmán
Magistrada Dra. Maritza Suntura Juaniquina
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
- Por memorial presentado el 16 de noviembre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 23/2016 de 20 de abril (fs
- b)Contra la referida Sentencia, los acusadores particulares Lucía Vallejos Vda
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- 1)Previa referencia al deber de fundamentación de toda resolución, el recurrente hace una descripción general
- 2)También, manifiesta que denunció en apelación restringida, errónea valoración de la prueba, específicamente en el
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 68/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- II.2. De la apelación restringida
- 1)Falta de fundamentación de la sentencia y que carecería de una debida motivación
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto
- III
- Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir determinadas formalidades, dentro las cuales se
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- El art
- denuncias planteadas, vulnerando las disposiciones contenidas en los arts
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ´El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- III.3. Análisis del caso concreto
- El primer precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por los delitos de Estafa
- Una vez desarrollado el acto de juicio oral y agotadas las distintas actividades descritas por
- El Auto Supremo 178/2012 de 16 de julio, fue emitido dentro de un proceso seguido
- Finalmente, el Auto Supremo 065/2012-RA fue emitido dentro de un proceso seguido por los delitos
- Del mismo modo, el referido Auto de Vista en su último considerando se refiere a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- En mérito al art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
