El presente recurso de casación, admitido por la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, denuncia
En cuanto a la aplicación del art. 124 del CPP, concluye que la base para declarar la culpabilidad de la acusada es la prueba Nº 6.
Respecto a los daños, concluyo que será la autoridad judicial llamada por ley, la que determinará si existen o no daños ocasionados, bajo sustanciación de una demanda de reparación de daños conforme lo establecido por el art. 382 del CPP.
III. VERIFICACIÓN DE POSIBLE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
El presente recurso de casación, admitido por la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en: a) falta de fundamentación suficiente respecto a las denuncias de apelación restringida, relativas a la falta y ausencia de fundamentación de la valoración de la prueba Nº 5 y a la falta de señalamiento de daños, consecuencias o repercusiones que causó la referida nota; b) Fundamentación contradictoria e incongruencia omisiva, al asumir que no mencionó a los querellantes, para luego sostener lo contrario, soslayando el requisito de la calumnia de imputar falsamente un delito ante una autoridad; c) Falta de fundamentación suficiente con relación a su denuncia de errónea subsunción de su conducta en relación al delito de Injuria; y d) Incongruencia omisiva respecto al motivo fundado en el art. 370. 6) del CPP, por lo que corresponde resolver las problemáticas planteadas
- Por memorial presentado el 18 de octubre de 2016, cursante de fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 34/2017-RA de 20 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 43/2015 de 17 de agosto, la Juez Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental
- II.2. De la apelación restringida
- habría lesionado derecho, honor o dignidad de persona alguna; sin embargo, la misma sería considerada
- Por otro lado, denuncia que se habría aplicado de manera errónea la ley sustantiva, respecto
- Finalmente, acusa que la sentencia se basaría en hechos inexistentes, porque a su criterio su
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió el recurso
- El presente recurso de casación, admitido por la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, denuncia
- III.1. Marco legal y doctrinal
- III.1.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.1.2. Principio de congruencia
- En ese ámbito el principio de congruencia, es entendido como la concordancia o correspondencia que
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
- III.2. Análisis del caso en concreto
- La recurrente en los motivos primero y segundo denuncia, falta de fundamentación suficiente respecto a
- alguna persona; y, que al contrario la misma demostraría la inocencia de la acusada; se
- En relación al tercer motivo, donde denuncia que no se hubiera configurado el tipo penal
- Respecto al cuarto motivo, porque a decir de la recurrente se hubiera aplicado de manera
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
