El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras que los Tribunales de alzada tienen como objetivo verificar si el iter lógico expresado en la fundamentación del fallo se encuentra acorde con las reglas del recto entendimiento humano; analizando si la motivación es expresa, clara, completa y emitida con arreglo a las normas de la sana crítica, cuales son, la lógica, la experiencia común y la psicología, controlando si las conclusiones obtenidas responden a las reglas del recto entendimiento humano, sin que para ello les esté permitido ingresar a una reconsideración de los hechos o de las pruebas, de ahí que alegar como motivo del recurso de apelación restringida, la infracción a las reglas de la sana crítica, obliga al impugnante a señalar cuales son las normas del correcto entendimiento humano inaplicadas o aplicadas erróneamente, expresando las partes de la sentencia en las que consta el agravio
- Por memorial presentado el 31 de octubre de 2016, cursante de fs
- a)Por Sentencia 38/2016 de 22 de junio (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 56/2017-RA de 24 de enero,
- Las recurrentes alegan que el Auto de Vista impugnado incurrió en fundamentación contradictoria e insuficiente,
- Los Vocales revalorizaron de manera ultra petita las declaraciones de los testigos Lourdes Huallpa Bustillos,
- I.1.2 Petitorio
- Las recurrentes solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se establezca
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 56/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- 2011, en circunstancias en que tanto acusadora y acusadas tenían una audiencia en el Juzgado
- Que conforme a la prueba producida se colige que los testigos de cargo, son totalmente
- En la parte de la Fundamentación probatoria jurídica, argumenta que para dictar sentencia condenatoria, debe
- II.2. Del recurso de apelación restringida del Ministerio Público
- Denuncia que en apoyo del inc
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- imputada Esdenka Faviola Fuño Arando, por lo que el mencionado certificado cuenta con fecha de
- Con relación al supuesto aborto producto de las lesiones en la víctima, que hubiere provocado
- En el presente proceso, la parte recurrente denuncia la existencia de fundamentación contradictoria e
- III.1. Doctrina legal asumida en el precedente invocado
- Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, emitido dentro del proceso penal por
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, que las estiman
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.2 Análisis del caso concreto
- El motivo expresado en el recurso de casación, denuncia contradictoria e insuficiente fundamentación del Auto
- Del motivo en análisis se desprenden dos aspectos esenciales, el primero referido a la supuesta
- acusación fiscal y particular, las dos acusadas agarraron a la víctima de los cabellos, tendiéndola
- En ese orden, ciertamente existe por un lado falta de valoración probatoria de los medios
- Asimismo, en referencia a la prueba consistente en el certificado médico forense, que fue desmerecido
- Es menester tomar en cuenta que constituye una facultad privativa de los Jueces o Tribunales
- El segundo aspecto resultante del motivo, refiere que el Tribunal de alzada, hubiese revalorizado las
- En consecuencia y por los fundamentos expuestos, los argumentos referidos por las recurrentes carecen de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
