Auto Supremo AS/0349/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2017-RA

Fecha: 19-May-2017

En ese sentido procede a citar las declaraciones de las testigos Ingrid Winchtendal Herrera (arquitecta


En ese sentido procede a citar las declaraciones de las testigos Ingrid Winchtendal Herrera (arquitecta que trabajó en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz entre 23 y 24 años), Fernando Blanco Ruiz (arquitecto que trabajó como Director de Catastro y Asesor en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz), Frank Erlan Chavez Rivero (que trabajo en la Secretaria de Desarrollo humano de la Alcaldía Municipal), Ruth Amaya Vaca; asimismo, se refiere a las ratificaciones que hubo de pruebas documentales, que considera relevantes que fueron presentadas por la parte acusadora particular y pública; asimismo cita las pruebas PD 26 (copia legalizada del informe de asesoría legal 335/2003 realizado por la dirección de asesoría legal del Gobierno Municipal), PD-35 (copia legalizada del Convenio de Pago por expropiación de inmueble de 1 de diciembre de 2003), PD-36 (copia legalizada de la Resolución Administrativa 870/2003 de 17 de diciembre de “2013” (sic) emitida por el ex Alcalde Roberto Fernández Saucedo), PD-37 (copia legalizada de la Resolución Administrativa 1402/2004 de 30 de septiembre de 2004), PD-38 (Testimonio de protocolización de documentos 1112/2004 ante la Notaria de Gobierno suscrito por María Teresa Leigue y la Alcaldía Municipal), PD-39 (8 folios reales en los que consta la venta de terrenos a favor del Gobierno Municipal), PD 40 (Certificado de pago por indemnización U.V. 149 UV 160 María Teresa Leigue Suarez y copias legalizadas de los pagos, certificaciones realizadas por Frank Erlan Chavez Rivero), PD-41 (solicitud de pago de segunda cuota realizada por María Teresa Leigue Suarez y copias legalizadas de los pagos, certificaciones realizadas por Frank Erlan Chavez Rivero); PD-41 (solicitud de pago de segunda cuota realizada por María Teresa Leigue Suarez de 13 de abril de 2004), PD-42 (Oficio 81/29005 D.G.C. dirigido a la arquitecta Ingrid Wichtendahl de Fernando Blanco Ruiz y documentación respaldada a fs. 68 de 1 de julio de 2005); PD-44 (respuesta al Requerimiento 006/2006 realizada por Ruth Amaya Vaca), PD-45 (Informe 008/2005 de 4 de julio, sobre caso expropiación de María Teresa Leigue, PD-46 (Copia Legalizada del Informe realizado por la Lic. Magali Gutiérrez Vaca de 2 de febrero de 2006), PD-47 (copia legalizada de la Ordenanza Municipal 23/81); PD-55 (copia de la Resolución Administrativa 444/2002 de 13 de diciembre), señalando que con ello se demostró la confabulación para engañar al municipio cruceño, María Teresa Leigue Suarez conjuntamente con las ex autoridades municipales Roberto Fernández Saucedo, Osvaldo Gutiérrez Ortiz, Rolando Denald Chavez Arteaga, Rómulo Calvo Bravo y la participación de Luis Fernando Alvarez Nuñez, aprovechando la confusión y necesidades de la gente del Plan Tres Mil y bajo el argumento de resolver sus problemas de tenencia de tierras se ajustaron a un ilícito acuerdo de pago de indemnización por el que las ex autoridades ordenan pagar con recursos del municipio el importe de $us. 1.365.275,34 a favor de María Teresa Leigue Suarez, según indica se demostró en las pruebas documentales relevantes detalladas