3)Denuncia ilegal incorporación y valoración de prueba de cargo de acuerdo al art
3)Denuncia ilegal incorporación y valoración de prueba de cargo de acuerdo al art. 370 inc. 4) del CPP, por lo que interpuso en el juicio oral exclusión probatoria respecto de las pruebas 16, 17, 18, 19, 20, 25, 27, y 30; y, respecto a la prueba pericial que fue obtenida mediante procedimiento ilícito y por irregular cadena de custodia, errores que lejos de ser subsanados por el Tribunal de alzada, manifestó que no se hubiese reclamado oportunamente su saneamiento o efectuado reserva de recurrir, sin tomar en cuenta que toda prueba que nace nula u obtenida mediante procedimiento ilícito, no puede ser valorado menos tomado en cuenta, vulnerando el derecho a la defensa, igualdad, seguridad jurídica y al debido proceso, constituyendo defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, e inobservancia del art. 370 inc. 4) del CPP. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 188 de 10 de junio de 2005 y “215 de 213 de junio de 2005”
- Por memorial presentado el 10 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 3 de enero de 2017 (fs
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)En base al art
- 3)Denuncia ilegal incorporación y valoración de prueba de cargo de acuerdo al art
- 4)Alega que no existe fundamentación en la Sentencia o que esta sea insuficiente o contradictoria
- 5)Acusa también que la Sentencia fue basada en hechos inexistentes o no acreditados o en
- que no se puede hablar de que su persona sea parte activa de la fabricación
- Invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos: 5 de 21 de enero de 2007, 8
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se establece, que el recurso de casación fue interpuesto dentro
- El recurrente, en el primer motivo acusa errónea aplicación de ley sustantiva, alegando que fue
- Por otra parte, el recurrente adujo vulneración de derechos al debido proceso, presunción de inocencia,
- En el tercer motivo denuncia ilegal incorporación y valoración de prueba de cargo, en particular
- Asimismo, a tiempo de aludir vulneración de derechos y garantías constitucionales, no realizó la explicación
- labor nomofiláctica encomendada a este Tribunal; consiguientemente, el motivo resulta inadmisible
- Como sexto motivo, acusó contradicción entre la parte dispositiva y considerativa de la Sentencia en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
