Asimismo, a tiempo de aludir vulneración de derechos y garantías constitucionales, no realizó la explicación
Asimismo, a tiempo de aludir vulneración de derechos y garantías constitucionales, no realizó la explicación fundada requerida de acuerdo a los presupuestos establecidos en el acápite anterior de la presente Resolución, respecto de la obligación de proporcionar los antecedentes del hecho generador, el alcance efectivo de la vulneración de derecho o garantía y la consecuencia dañosa resultante de la situación defectuosa; consecuentemente, al no reunir los requisitos de flexibilización para una posible admisión excepcional, impide a este Tribunal efectuar la labor legal encomendada; por lo que, el motivo deviene en inadmisible
- Por memorial presentado el 10 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 3 de enero de 2017 (fs
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)En base al art
- 3)Denuncia ilegal incorporación y valoración de prueba de cargo de acuerdo al art
- 4)Alega que no existe fundamentación en la Sentencia o que esta sea insuficiente o contradictoria
- 5)Acusa también que la Sentencia fue basada en hechos inexistentes o no acreditados o en
- que no se puede hablar de que su persona sea parte activa de la fabricación
- Invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos: 5 de 21 de enero de 2007, 8
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se establece, que el recurso de casación fue interpuesto dentro
- El recurrente, en el primer motivo acusa errónea aplicación de ley sustantiva, alegando que fue
- Por otra parte, el recurrente adujo vulneración de derechos al debido proceso, presunción de inocencia,
- En el tercer motivo denuncia ilegal incorporación y valoración de prueba de cargo, en particular
- Asimismo, a tiempo de aludir vulneración de derechos y garantías constitucionales, no realizó la explicación
- labor nomofiláctica encomendada a este Tribunal; consiguientemente, el motivo resulta inadmisible
- Como sexto motivo, acusó contradicción entre la parte dispositiva y considerativa de la Sentencia en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
