Auto Supremo AS/0362/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2017-RA

Fecha: 22-May-2017

Respecto al cuarto motivo, el recurrente denuncia que la fundamentación y motivación del Tribunal de


Respecto al cuarto motivo, el recurrente denuncia que la fundamentación y motivación del Tribunal de alzada no es evidente, cuando manifiesta que el Tribunal de Sentencia solo se hubiera manifestado en relación al tipo penal de Falsedad Material y no sobre los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado; y que para demostrar la culpabilidad de esos tipos penales es viable y conducente la producción y valoración de la prueba documental y testifical, y que sólo para comprobar el delito de Falsedad Material sería aplicable la prueba pericial, olvidando que las dos pruebas periciales sirvieron para averiguar la verdad referida al tipo penal de Falsedad Ideológica, porque la hipótesis que fue planteada por el acusador particular desde el principio de la investigación, fue que la firma estampada por Facundo Morales no hubiera sido realizada por el acusador, y que el mismo nunca hubiera concurrido a las oficinas del Notario de Fe Publica, aspecto que habría sido desmentida por el referido Notario, quién señaló que ambas partes concurrieron a su notaría a firmar los referidos documentos, cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 25/2010 de 3 de febrero; señalando como contradicción que la Resolución recurrida de casación no estuviera fundamentada y motivada, contradiciendo la doctrina del precedente citado, determinándose que este Tribunal debe ingresar al análisis de fondo de este motivo, con la finalidad de verificar si en relación a este punto se encuentra una debida fundamentación, por lo que el presente motivo deviene en admisible