El art
Al respecto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 515 de 16 de noviembre de 2006, 131 “31/01/2007” (sic), 272 de 04 de mayo de 2009, Sentencia Constitucional 593/2004 de 22 de abril.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 13 de junio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 8 de septiembre de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Arguye también que al agravio de inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, el
- 3)Asimismo señala que con relación a los motivos tercero y cuarto de su alzada sobre
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que la parte recurrente cumplió con lo preceptuado
- En relación a los motivos primero, segundo y tercero, la parte recurrente, en síntesis ha
- En consecuencia respecto del inc
- Sobre los inc
- Finalmente cabe recordar que de manera reiterada este Máximo Tribunal de Justicia ha señalado que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
