II. DEL CONTENIDO DE LA APELACIÓN INCIDENTAL
II. DEL CONTENIDO DE LA APELACIÓN INCIDENTAL:
Que la competencia asumida no fuera definitiva ya que conforme señala Sala Penal, podrían existir decisiones como rechazos y sobreseimientos a los que está facultado el Ministerio Publico, en cuyo caso si una de estas resoluciones beneficia a la única persona que goza de privilegio constitucional obviamente la Sala Penal nada tendría que hacer más adelante, salvo remitir ante el Juez competente
Que la competencia asumida no fuera definitiva ya que conforme señala Sala Penal, podrían existir decisiones como rechazos y sobreseimientos a los que está facultado el Ministerio Publico, en cuyo caso si una de estas resoluciones beneficia a la única persona que goza de privilegio constitucional obviamente la Sala Penal nada tendría que hacer más adelante, salvo remitir ante el Juez competente
- Delitos: Contratos lesivos al Estado y otros
- VISTOS: El memorial de apelación de 29 de noviembre de 2016, cursante a fs
- I. ANTECEDENTES
- En se sentido ante la formulación de proposición acusatoria en contra de Gonzalo Sánchez e
- II. DEL CONTENIDO DE LA APELACIÓN INCIDENTAL
- La Fiscalía General del Estado, expone su contestación al recurso en el escrito de 01
- La procuraduría General de Estado en su contestación al recurso en el memorial de 05
- Por otra parte Samuel Jorge Medina Auza mediante memorial de 01 de diciembre de 2016
- III. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De los Agravios y su Análisis
- El recurrente dentro los fundamentos de su recurso de apelación incidental al cual se adhirió
- Al respecto corresponde precisar que la competencia de la Sala Penal se origina en lo
- En este sentido -se debe señalar además- que de la revisión y análisis del Auto
- En cuanto al criterio de los apelantes respecto a que la imputación formal contra Gonzalo
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
