Los demandantes señalaron que el accidente de tránsito ocasionado por el demandado se constituye como
Los demandantes señalaron que el accidente de tránsito ocasionado por el demandado se constituye como tal en un accidente culposo, estando dicha situación reconocida expresamente por el demandado a través del documento de fs. 8 de haber ocasionado el daño producido por el accidente de tránsito, documento corroborado por la documental saliente a fs. 12 a 12 vta., cuyo cumplimiento es ineludible del resarcimiento del daño civil, conforme toda la prueba cursante en autos, debiendo reparar el daño del hecho ilícito ocasionado, pidiendo se confirme la Sentencia en todas sus partes y sea con costas
- Partes: Arminda Salguero Martínez de Yapu y otros c/ Juan Domínguez Choque
- Proceso: Cumplimiento de contrato y resarcimiento de daño civil
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Juan Domínguez Choque Gerónimo por memorial de fs
- En mérito a esos antecedentes, el Juez de Partido Quinto en lo Civil de la
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Finalmente mencionó que se le condena al pago de una cantidad de dinero, que al
- Por todas las consideraciones efectuadas pide se dicte Resolución revocando el Auto de Vista y
- De la respuesta al recurso de casación
- Los demandantes señalaron que el accidente de tránsito ocasionado por el demandado se constituye como
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el sub lite se advierte que a fs
- Y el segundo documento privado de acuerdo avencional, de fecha 17 de septiembre de 2012
- En lo que respecta a la acusación de que se haya efectuado una mala valoración
- Por lo expuesto corresponde pronunciar Resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
