Auto Supremo AS/0468/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0468/2017

Fecha: 09-May-2017

Lo alegado conforme a lo delineado en el punto III

Lo alegado conforme a lo delineado en el punto III.2 no resulta viable, ya que al ser reclamado dicho aspecto el Tribunal de apelación en aplicación a lo determinado por el art. 218.III de la Ley Nº 439 tiene la obligación de fallar en el fondo de la causa, por lo que la actitud del Tribunal de Alzada de resolver en defecto del Juez A quo resulta correcta y acorde a los principios que rigen la administración de Justicia, no resultando viable la nulidad de obrados impetrada, con la única finalidad de satisfacer meros pruritos formales