Señala que el recurso no cumple con lo previsto por el art
Señala que en el numeral 7 del Auto de Vista refirió que no se ordena ni dispone la división y partición, pero señala que no era parte indivisible de la demanda el fraccionamiento del inmueble, ya que parte del petitorio de la demanda aclarada a fs. 41 pretendía la división y partición del bien inmueble objeto de Litis, con el objeto de adquirir el derecho propietario, por lo que al no referir la Sentencia sobre este acápite habría dictado una Resolución incongruente, debiendo procederse a la anulación de la Sentencia.
Contestación al recurso de casación.
Señala que el recurso no cumple con lo previsto por el art. 274 punto 3 de la Ley 439, puesto que de forma general se acusa vulneración del art. 265 de la citada ley, pero no especifica en que consiste esa infracción, lo cual evidencia falta de técnica recursiva absoluta, correspondiendo su rechazo
Contestación al recurso de casación.
Señala que el recurso no cumple con lo previsto por el art. 274 punto 3 de la Ley 439, puesto que de forma general se acusa vulneración del art. 265 de la citada ley, pero no especifica en que consiste esa infracción, lo cual evidencia falta de técnica recursiva absoluta, correspondiendo su rechazo
- Proceso: Cumplimiento de Obligación
- Distrito: Oruro
- El Juez de Instrucción en lo Civil y Comercial Cuarto de la ciudad de Oruro,
- Resolución contra la cual, Victoria Gerónimo Hualca interpuso recurso de casación de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que el recurso no cumple con lo previsto por el art
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III.2.- De la sentencia incongruente citra petita
- Tomando como parámetro lo referido en el tópico anterior, ante la existencia de una resolución
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Conforme a lo referido en la doctrina aplicable III
- Partiendo de lo referido, corresponde analizar si el Tribunal de apelación se ha pronunciado sobre
- Su segundo reclamo se encuentre relacionado a cuestionar que el Tribunal de apelación al
- Lo alegado conforme a lo delineado en el punto III
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
