La parte actora se pronuncia respecto al recurso de casación, negando los argumentos del recurrente,
La parte actora se pronuncia respecto al recurso de casación, negando los argumentos del recurrente, bajo los siguientes fundamentos:
Señala que el at. 258-2 del Código de Procedimiento Civil establece los requisitos que hacen procedente al recurso de casación; sin embargo en la especie este sería totalmente errático, pues si bien el mismo señala ser un recurso de fondo, cuando en realidad denuncia aspecto de forma para finalmente pedir se invalide la sentencia, errores que le inhiben contestar su contenido; por lo que al ser contradictorio e impreciso el recurso, a su criterio el Tribunal de Casación no tendría que abrir su competencia para ingresar a considerar el fondo del mismo, pues a primera facie el recurso no cumpliría con los requisitos formales que exige la ley, solicitando se declare improcedente, conforme a los arts. 271-1 y 272-2 del Código Civil Adjetivo
Señala que el at. 258-2 del Código de Procedimiento Civil establece los requisitos que hacen procedente al recurso de casación; sin embargo en la especie este sería totalmente errático, pues si bien el mismo señala ser un recurso de fondo, cuando en realidad denuncia aspecto de forma para finalmente pedir se invalide la sentencia, errores que le inhiben contestar su contenido; por lo que al ser contradictorio e impreciso el recurso, a su criterio el Tribunal de Casación no tendría que abrir su competencia para ingresar a considerar el fondo del mismo, pues a primera facie el recurso no cumpliría con los requisitos formales que exige la ley, solicitando se declare improcedente, conforme a los arts. 271-1 y 272-2 del Código Civil Adjetivo
- Auto Supremo: 479/2017
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- fundamentación es insuficiente para determinar un fallo diferente
- En cuanto a haber sido incorporado una conclusión falsa al señalar que se habría incumplido
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Acusa omisión en la consideración de la prueba de descargo, concretamente de la factura Nº
- Acusa violación del art
- Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, interpone recuso de casación en el
- De la respuesta al recurso de casación
- La parte actora se pronuncia respecto al recurso de casación, negando los argumentos del recurrente,
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que, citando
- En este antecedente, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- III.2.- En relación a la valoración de la prueba
- Respecto a lo anterior el Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, ha señalado
- Por otra parte el Auto Supremo Nº 184/2015 de 11 de marzo, al referirse a
- IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
- Acusa omisión en la consideración de la prueba de descargo, concretamente la factura Nº 001673,
- Al respecto corresponde señalar que si bien el Juez de Alzada no se habría pronunciado
- Con relación a la supuesta violación del art
- Al respecto se advierte que el recurrente acusa omisión en la valoración de la prueba,
- De lo precedentemente manifestado se tiene que el Juez Ad quem aunque de manera concreta
- Finalmente con relación a la vulneración del art
- Por los motivos expuestos precedentemente, este Tribunal de Casación no encuentra sustento legal en el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
