Lopez y
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 492/2017
Sucre: 15 de mayo 2017
Expediente: CH - 43- 16 – S
Partes: Roberto Rómulo Coronado Díaz. c/Jhonny Mauro Carvajal Quinteros,
Isidora Luz Bellido de Carvajal, Felipe Mario Nava Ortiz, Lidia Ferreira
Romero de Nava, German Mogro Gutiérrez, Elena Vargas de Mogro,
Arcenio Cardozo Gonzales, Elena Acebey de Cardozo, Máximo López
Lopez y FONVIS en liquidación
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 492/2017
Sucre: 15 de mayo 2017
Expediente: CH - 43- 16 – S
Partes: Roberto Rómulo Coronado Díaz. c/Jhonny Mauro Carvajal Quinteros,
Isidora Luz Bellido de Carvajal, Felipe Mario Nava Ortiz, Lidia Ferreira
Romero de Nava, German Mogro Gutiérrez, Elena Vargas de Mogro,
Arcenio Cardozo Gonzales, Elena Acebey de Cardozo, Máximo López
Lopez y FONVIS en liquidación
- Lopez y
- Proceso: Ordinario sobre restitución de inmueble y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante Roberto Rómulo Coronado Díaz,
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Solicitando se case y se declare improbada la demanda principal
- ADHESION AL RECURSO
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El aporte doctrinario de Jorge Walter Peyrano, en su obra “El PROCESO ATIPICO” Editorial Universidad,
- En la legislación comparada, se tiene la de la república del Perú en cuyo art
- La normativa preceptuada por el art
- Ahora bien, de la revisión de obrados a fs
- En consecuencia, por la documental de fs
- Esta teoría de la sustracción de la materia conforme se tiene expuesto de manera amplia
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Sin responsabilidad para los de instancia por ser excusable el error incurrido
- De conformidad a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
