Sin responsabilidad para los de instancia por ser excusable el error incurrido
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de lo previsto por el art. 220.III del Código Procesal Civil con relación al art. 106 del citado cuerpo legal. ANULA todo lo obrado, sin reposición por haberse generado la sustracción de la materia en la presente Litis.
Sin responsabilidad para los de instancia por ser excusable el error incurrido
- Lopez y
- Proceso: Ordinario sobre restitución de inmueble y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante Roberto Rómulo Coronado Díaz,
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Solicitando se case y se declare improbada la demanda principal
- ADHESION AL RECURSO
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El aporte doctrinario de Jorge Walter Peyrano, en su obra “El PROCESO ATIPICO” Editorial Universidad,
- En la legislación comparada, se tiene la de la república del Perú en cuyo art
- La normativa preceptuada por el art
- Ahora bien, de la revisión de obrados a fs
- En consecuencia, por la documental de fs
- Esta teoría de la sustracción de la materia conforme se tiene expuesto de manera amplia
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Sin responsabilidad para los de instancia por ser excusable el error incurrido
- De conformidad a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
