II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Denuncia que, el presente proceso de restitución de inmueble y pago de daños y perjuicios, tendría como base una Sentencia dictada en el Juzgado Primero de Partido en lo Civil cursante a fs. 6 de obrados, en la que se declara probada la demanda y en consecuencia nulas y sin valor legal las transferencias realizadas por los demandados, siendo que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declaró fundado el recurso de revisión extraordinaria de Sentencia y en consecuencia anuló la Sentencia pronunciada el 3 de diciembre de 2004 por el Juez Primero de Partido en lo Civil Comercial de la ciudad de Sucre, sin embargo el Tribunal de alzada habría omitido referirse sobre esta última Sentencia, limitándose a observar la falta de exposición de agravios, por lo que habría vulnerado los arts. 23 y 180 de la Constitución Política del Estado, toda vez que una verdad material y jurídica estaría por encima de todo un proceso judicial, aun cuando no haya sido propuesta por las partes, y por el principio de verdad material correspondía revocar la Sentencia declarando improbada la demanda principal, al sostenerse la misma sobre una demanda anulada
- Lopez y
- Proceso: Ordinario sobre restitución de inmueble y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante Roberto Rómulo Coronado Díaz,
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Solicitando se case y se declare improbada la demanda principal
- ADHESION AL RECURSO
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El aporte doctrinario de Jorge Walter Peyrano, en su obra “El PROCESO ATIPICO” Editorial Universidad,
- En la legislación comparada, se tiene la de la república del Perú en cuyo art
- La normativa preceptuada por el art
- Ahora bien, de la revisión de obrados a fs
- En consecuencia, por la documental de fs
- Esta teoría de la sustracción de la materia conforme se tiene expuesto de manera amplia
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Sin responsabilidad para los de instancia por ser excusable el error incurrido
- De conformidad a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
