Auto Supremo AS/0528/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0528/2017

Fecha: 17-May-2017

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley N° 025 y lo dispuesto por el art. 220.III num. 1) inc. c) del Código Procesal Civil, ANULA el proceso hasta la admisión de la demanda de fs. 10, disponiendo que la demandante corrija el contenido de su demanda si considera reclamar el crédito descrito en el contrato de fs. 3 a 4 vta