Auto Supremo AS/0535/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0535/2017

Fecha: 17-May-2017

En cuanto a que en su calidad de hija de Leonarda Romero Tárraga y Román

En cuanto a que en su calidad de hija de Leonarda Romero Tárraga y Román Fernández Miranda que en vigencia de su matrimonio adquirieron un bien inmueble mediante Escritura Publica Nº 369 de 29 de junio de 1979 registrada en Derechos Reales, por lo que existirían otros herederos y se notificó a su persona como única heredera; la compra y venta de fs. 7 a 8 se habría efectuado sobre un bien ganancial, sobre el cual su madre no habría dado su consentimiento, existiendo una vulneración al art. 116 del Código de Familia; al respecto corresponde señalar que dichos reclamos atacan a la compra venta contenida en el documento e fs. 7 a 8 por una supuesta ganancialidad del inmueble trasferido en favor de los demandantes; no siendo la validez o invalidez de dicho documento objeto de la pretensión incoada en el caso de autos; por lo que no corresponde realizar mayores consideraciones respecto a los efectos de dicha transferencia; debiendo tener en cuenta que se demanda a la ahora recurrente por ser poseedora del bien inmueble en cuestión