Auto Supremo AS/0152/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2017

Fecha: 14-Jun-2017

A continuación el recurrente señala que, el Tribunal de Alzada, tampoco hace referencia a que

A continuación el recurrente señala que, el Tribunal de Alzada, tampoco hace referencia a que en el plazo y forma legal, es decir, en fecha 28 de noviembre de 2011, a los 13 días de la desvinculación, se presentó ante la autoridad jurisdiccional la demanda de pago en consignación de beneficios sociales, conforme a fs. 5, 6 y 7, habiendo con esa acción jurisdiccional interrumpido cualquier pago de multa al que no hace referencia el Auto de Vista