Auto Supremo AS/0445/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0445/2017-RRC

Fecha: 19-Jun-2017

Respecto del segundo motivo, con relación a la denuncia de los defectos de la Sentencia


Finalmente, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales, si bien refirió la infracción del art. 115 de la CPE; sin embargo, no identificó plenamente el defecto absoluto que no es susceptible de convalidación vinculado al derecho o garantías infringido; más al contrario, de manera genérica refiere la infracción del art. 115 de la CPE; en consecuencia, se advierte la falta de argumentación y especificación jurídica de cómo el Auto de Vista le generó los agravios y/o las vulneraciones a sus derechos constitucionales. De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que no se cumplió con los presupuestos de flexibilización, por lo que este motivo debe ser declarado inadmisible.

Respecto del segundo motivo, con relación a la denuncia de los defectos de la Sentencia comprendidos en los arts. 370 incs. 5) y 6) del CPP, el Auto de Vista manifiesta no es evidente siendo que la Sentencia analizó todos los elementos probatorios presentados y admitidos en audiencia; sin embargo, lo afirmado no es evidente porque no se cumplió el art. 173 del CPP, debido a que el Tribunal de Quillacollo no dice el por qué cada prueba adquiere valor teniendo en cuenta que los testigos afirmaron que el occiso ya estaba inconsciente antes de que le lanzara la piedra; esos aspectos hacen ver que no se cumplió con la sana critica en sus componentes de lógica, científica y psicológica