Auto Supremo AS/0599/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0599/2017

Fecha: 12-Jun-2017

Apelada la Resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs

Apelada la Resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs. 609 a 610 vta., que confirma el fallo apelado; sobre las acusaciones de infracción del art. 90 del Código de Procedimiento Civil y 291 del Código Civil, señala que el documento de fs. 1 no se encuentra firmado por las partes, empero de ello, existen otros documentos que coadyuvan las pretensiones de las partes, describe que desde fs. 2 a 191 existe prueba literal que refiere sobre el fondo del problema, asimismo refiere que la diferencia que reclama la actora de Bs.350.169.- denominado como “pago de la diferencia por concepto de venta de mercadería” entendida por el Juez como “cumplimiento de obligación”, el problema no es de terminología sino del quantum y si existe la obligación, asimismo señala que la actora aclaró que su demanda se basa en el art. 291 del Código Civil, sobre la consideración de que la mercadería hubiera sido recepcionada por Maritza Armaza y no por la demandada, la misma tenía la posibilidad de interponer las excepciones previas y perentorias, y en el caso de autos la demandada ha negado la demanda empero no plantea ninguna excepción