“La nulidad no puede originarse en la negligencia de la parte procesal que solicita la
Por otra parte, la SCP 1388/2013 de 16 de agosto señaló lo siguiente:
“La nulidad no puede originarse en la negligencia de la parte procesal que solicita la misma, lo que concuerda con el principio general del derecho que establece que 'Nadie puede alegar su propia torpeza”
“La nulidad no puede originarse en la negligencia de la parte procesal que solicita la misma, lo que concuerda con el principio general del derecho que establece que 'Nadie puede alegar su propia torpeza”
- Distrito: La Paz
- I
- En el tercer considerando es donde el Ad-quem fundamenta su Resolución haciendo referencia al instituto
- Sobre la base de lo descrito, indica que el argumento de la recurrente sobre falta
- II.1.- Resumen del recurso
- Indica que la Resolución Nº 36/2012 de fs
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “Ahora bien, los presupuestos o antecedentes necesarios para que opere la nulidad procesal son: a)
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- Sentencia Constitucional 1193/2010-R de 6 de septiembre
- Al respecto la SC 1376/2004-R de 25 de agosto, ratificada por la SC 0295/2010-R de
- Sentencia Constitucional 1568/2010-R de 11 de octubre
- “La nulidad no puede originarse en la negligencia de la parte procesal que solicita la
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- No obstante lo manifestado, en observancia de la garantía de impugnación previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
