Auto Supremo AS/0651/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0651/2017

Fecha: 19-Jun-2017

Regístrese, comuníquese y devuélvase

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO, el recurso de casación de fs. 584 a 585, interpuesto por Ángela Mamani Vásquez de Calizaya, y el recurso de casación de fs. 588 a 594, interpuesto por Eusebio Calizaya Achá, contra el Auto de Vista Nº 001/2016 de 04 de mayo cursante de fs. 575 a 577 vta., pronunciado por el Juez Público Mixto Civil Comercial y de Familia Segundo de Challapata-Oruro. Con costas y costos.
Se regula honorario profesional del abogado en la suma de Bs. 1.000.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase