Auto Supremo AS/0548/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2017-RRC

Fecha: 14-Jul-2017

Entendimiento que es plenamente aplicable al caso presente, por lo que los argumentos expresados


En consecuencia, este Tribunal considera necesario establecer la siguiente subregla: El Tribunal de alzada en observancia del art. 413 última parte del CPP, puede emitir nueva sentencia incluso modificando la situación del imputado de absuelto a condenado o de condenado a absuelto, siempre y cuando no proceda a una revalorización de la prueba, menos a la modificación de los hechos probados en juicio al resultar temas intangibles, dado el principio de inmediación que rige el proceso penal boliviano; supuestos en los cuales, no está eximido de dar estricta aplicación del art. 124 del CPP, esto es, fundamentar suficientemente su determinación, ya sea para la absolución o condena del imputado y respectiva imposición de la pena”.

Entendimiento que es plenamente aplicable al caso presente, por lo que los argumentos expresados en el recurso de casación carecen de sustento, al no advertirse las vulneraciones alegadas, como tampoco alguna situación defectuosa insubsanable que pueda incidir en la resolución recurrida; no siendo atendible el argumento expresado por los recurrentes en sentido de que se estaría permitiendo un daño económico al patrimonio del Estado, por cuanto se estableció la responsabilidad penal del imputado, con base al cuadro fáctico y a la actividad probatoria desarrollada por los acusadores incluida la parte recurrente, siendo subsumida su conducta a uno de los delitos contra la función pública, que viabiliza una vez ejecutoriada la sentencia, la reparación del daño causado a través del trámite previsto por ley; consecuentemente, por los fundamentos expuestos, el recurso de casación deviene en infundado