Asimismo, los hechos nuevos que introduce en el recurso de casación, referidos a otro caso
Asimismo, los hechos nuevos que introduce en el recurso de casación, referidos a otro caso similar resuelto por el Tribunal de Alzada -Auto de Vista Nº 203/2014 de fecha 21 de octubre de 2014-, así como “la vulneración de los Autos Supremos Nº 269/2014 de 27 de mayo y Nº 946/2015-L de 14 de octubre” y de las normas constitucionales que refiere, no han sido parte de los fundamentos del recurso de apelación, de consiguiente al no haber emitido el Ad quem criterio alguno al respecto, este Tribunal no puede resolver en “per saltum” (pasar por alto), es decir sin que exista pronunciamiento expreso por parte del Tribunal de Alzada, lo que hace infundada su denuncia
- Proceso: Reivindicación, más daños y perjuicios
- Distrito: Oruro
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Refiere que su persona en forma oportuna estando en ocupación de más de 20 años
- Agrega, sobre la legitimación procesal, que en otro caso similar el Ad quem, mediante Auto
- Bajo esos fundamentos denuncia que al no admitirse su demanda reconvencional y al rechazar su
- La recurrida refiere, que el recurso tiene como único objeto dilatar el proceso y seguir
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En el Auto Supremo N° 06/2015 de 08 de enero, se ha razonado lo siguiente:
- Asimismo, corresponde señalar que este Tribunal ha superado aquella vieja concepción que vislumbraba a la
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De donde se puede inferir que la Resolución de Alzada ha causado estado de conformidad
- Asimismo, los hechos nuevos que introduce en el recurso de casación, referidos a otro caso
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
