Auto Supremo AS/0720/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0720/2017

Fecha: 10-Jul-2017

Partiendo de lo señalado en el caso de autos el demandante funda su acción de

Partiendo de lo señalado en el caso de autos el demandante funda su acción de usucapión refiriendo que el inmueble objeto de Litis: “se encuentra ubicado en la zona las delicias y tiene código catastral Nº020-0029-907-000, consiguientemente colinda al Norte con la calle o avenida Huata; al Sur con mi propiedad; al Este también con la propiedad del Sr. Guillermo Quispe y al Oeste con la avenida o calle Huata, tal cual se evidencia por el plano que se adjunta y fundamentalmente por el informe emitido por el GAMS que al presente se adjunta aclarando que dicho informe es de mi propiedad debidamente registrada en DDRR y que se describió en el punto 1.5, no obstante en dicho informe se establece que numero de código catastral tiene el inmueble que se pretende usucapir