Auto Supremo AS/0729/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2017

Fecha: 10-Jul-2017

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución conforme lo establece el art. 220.IV del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA el Auto de Vista de fecha 19 de febrero de 2016, cursante de fs. 240 a 241 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolecente, Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, y deliberando en el fondo declara IMPROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria interpuesta por Milena Durán Curaripi contra Jaibar Alfredo Zelada Quiroga