Auto Supremo AS/0744/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0744/2017

Fecha: 18-Jul-2017

De la revisión del reclamo se advierte que la recurrente acusa haber sido vulnerado el

En cuanto a la interpretación errada del art. 138 del Código Civil, la recurrente aduce haber demostrado estar en posesión del inmueble por más de diez años, reconociendo haber ingresado como inquilina, habiendo dejado de cancelar sus alquileres como consecuencia de los tratos verbales de compra venta que tuvo con los propietarios.
De la revisión del reclamo se advierte que la recurrente acusa haber sido vulnerado el art. 138 del Código Civil en cuanto a su pretensión de usucapión; al respecto de la contrastación de actuados procesales, se tiene que la demandada a tiempo de responder a la demanda mediante memorial de fs. 71 a 75 alternativamente interpuso demanda reconvencional de usucapión admitiendo haber ingresado en el inmueble en calidad de inquilina por acuerdo verbal con la copropietaria Juana Sánchez de Romero por un canon de alquiler de $us. 100 mensual, mismos que eran depositados en una cuenta de ahorro de los propietarios, aspecto que acredita la forma y calidad en la que ingresó la demandada reconvencionista a vivir en el inmueble; es decir como “inquilina”; en cuya calidad vivió por un tiempo para luego dejar de hacerlo por un supuesto acuerdo verbal de compra-venta entre las partes, según lo manifiesta la demandada habiendo surgido mayores conflictos en el momento en que los propietarios ingresaron en el inmueble a realizar trabajos de construcción; de ello se infiere que la demandada sería una simple detentadora de bien, en virtud a no haber demostrado en el curso del proceso el cambio de dicha condición conforme ya se tiene manifestado precedentemente