Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
Finalmente con relación a las declaraciones testificales cuestionadas, el Ad quem considera que por la naturaleza de la demanda y la pretensión, este no es un medio de prueba idóneo y eficaz para acreditar o desvirtuar el derecho de propiedad de los contendientes, sino los títulos de propiedad traslativos de dominio consignados en los respectivos folios reales, fundamentos con los que CONFIRMA los Autos de fecha 04 de enero de 2010 y 30 de agosto de 2013, así como la Sentencia de 24 de julio de 2015. Con costas.
Resolución de Alzada que es recurrida de casación por los demandados, que obtiene el presente análisis.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO:
Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente:
Acusa interpretación errónea y violación el art. 1538-III, art. 545 del Código de Procedimiento Civil, actualmente art. 425-III del Código Procesal Civil, alegando que el codemandado Rubén Rojas Calizaya habría dejado de ser propietario y no tendría derecho alguno que disponer sobre el bien inmueble objeto de litigio
Resolución de Alzada que es recurrida de casación por los demandados, que obtiene el presente análisis.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO:
Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente:
Acusa interpretación errónea y violación el art. 1538-III, art. 545 del Código de Procedimiento Civil, actualmente art. 425-III del Código Procesal Civil, alegando que el codemandado Rubén Rojas Calizaya habría dejado de ser propietario y no tendría derecho alguno que disponer sobre el bien inmueble objeto de litigio
- Partes: Salome Rojas de Hinojosa. c/ Rubén Rojas Calizaya y Julieta Rojas Calizaya
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Ante la eventualidad de que la extensión superficial del bien inmueble a dividirse, no sea
- Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados a través de su representante
- Por otra parte considera que la A quo a valorado en Sentencia la prueba producida
- Con relación a la hipoteca judicial que pesa sobre el inmueble objeto de Litis emergente
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Acusa violación del art
- Por lo expuesto es que interpone recurso de casación contra el Auto de Vista Nº
- Mariela Ruth Hinojosa Rojas por sí y en representación de los demandantes se pronuncia respecto
- Asimismo considera que el Auto de Vista recurrido habría aplicado correctamente el principio de verdad
- Dando de esta forma por cumplida la formalidad de responder el infundado recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En el Auto supremo 105/2012 se expresó: “Que en el Auto Supremo Nº 99 de
- Asimismo Art
- IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
- En ese contexto diremos que conforme se tiene desarrollado en la doctrina aplicable al caso,
- En ese marco y de la acción en análisis interpuesta por Salome Rojas de Hinojosa
- En merito a los antecedentes descritos y de la revisión del proceso se tiene que
- Ahora bien de la interpretación del recurso de casación interpuesto por el recurrente, a través
- Al margen de lo manifestado se debe tener presente lo dispuesto por el art
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
