Auto Supremo AS/0746/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0746/2017

Fecha: 18-Jul-2017

El Auto Supremo Nº 500/2015-L de 02 de julio, se ha orientado en sentido de

III.1.- De la Prueba en Segunda Instancia.-
El Auto Supremo Nº 500/2015-L de 02 de julio, se ha orientado en sentido de que: “…se hubiese vulnerado su derecho a la defensa, no por haberse aperturado el periodo probatorio en segunda instancia, siendo este el tema central corresponde con carácter previo citar el art. 233 del Código de Procedimiento Civil norma que en cuanto a la posibilidad de apertura de un periodo probatorio, de manera textual reza: “I. El juez o tribunal podrá abrir, un plazo probatorio no mayor de veinte días en los casos siguientes:
1) Cuando las partes lo pidieren de común acuerdo