Auto Supremo AS/0746/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0746/2017

Fecha: 18-Jul-2017

En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera:
IV.1.- En la forma.-
IV.1.1.- Respecto a su primera acusación, se tiene que Marco Antonio Cahuasa Torrez y Yanett Yomara Isidro de Cahuasa (codemandados), ahora recurrentes fueron citados legalmente en fecha 31 de marzo de 2015 conforme se evidencia de las diligencias de fs. 17 y 18 de obrados, mismos que al no haber asumido defensa en el plazo que establecía el art. 345 del Código de Procedimiento Civil (vigente en ese entonces), se declaró la rebeldía de ambos mediante Auto de fecha 24 de abril de 2015, cursante a fs. 19 vta., disponiéndose en dicha Resolución que por última vez se debiera practicar las diligencias de notificación en su domicilio real conocido mediante cedula judicial y que posteriores actuados se efectuarían en Secretaria del Juzgado tal cual lo establecía el art. 68 del referido cuerpo legal, y no pueden los ahora recurrentes alegar el desconocimiento de la citación y de los diferentes actuados y diligenciamientos efectuados de forma legal en Secretaria del juzgado conforme a Ley