Respecto a los certificados de pagos de impuestos y servicios básicos, en la que cuestiona
Respecto a los certificados de pagos de impuestos y servicios básicos, en la que cuestiona si se debería pagar impuestos desde el día de la posesión; se dirá los pagos por servicios y/o impuestos solo constituyen indicios respecto a la posesión, la misma que puede ser acreditada con distintos medios de prueba, los certificados por pagos de servicio acreditan haberse efectuado consumo por distintos servicios y/o impuestos desde la fecha en que fueron solicitados y/o pagados siendo indicios desde dichas fechas, empero de ello, las mismas no constituyen los únicos medios de prueba para acreditar la concurrencia de la posesión en sus elementos de la aprehensión material (corpus) y la intención de comportarse como dueño del bien (animus), por lo que este Tribunal no advierte que la facturas por pago de servicios básicos y pago de impuestos, hubieran sido valorados erradamente, sino que las mismas pueden ser valoradas de acuerdo al objeto del punto a ser probado y dada esa naturaleza la misma debe ser valorada de acuerdo a las reglas de la sana critica, en cuanto a sus elementos de lógica, ciencia y experiencia del juzgador conforme describen los arts. 1286 del Código Civil y 397 de su procedimiento
- Partes: Margoth Chuquimia Mamani. c/ Dionicio Siles Isidro
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la decisión de primer grado se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa disposiciones contradictorias señalando que en el tercer considerando III, persiste en indicar que hubiera
- Acusa error de hecho en la valoración de la pruebas de la reconvención, alegando que
- Acusa falta de fundamentación en la revocatoria, arguyendo que la falta de fundamentación coherente y
- Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista recurrido y declarar improbada la demanda
- Sobre las disposiciones contradictorias, señala que el actor señala que el título de fs
- En cuanto a las disposiciones contradictorias del Auto de Vista, no señala cuales fueron las
- Señala que para la procedencia del recurso de casación debe acreditarse el principio de trascendencia
- Solicita que el recurso de casación sea declarado improcedente
- En el Auto Supremo N° 212/2016 de 11 de marzo, se ha desarrollado doctrina sobre
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Respecto a la observación del asiento A-1 en la que consigna la fecha de 2006,
- 2
- Por otra parte en cuanto a la prueba de testigos que reclama el actor, al
- Respecto a la prueba de inspección judicial, la misma cursa a fs
- Respecto a los certificados de pagos de impuestos y servicios básicos, en la que cuestiona
- Consiguientemente en este punto no se ha probado la posesión por el lapso de 10
- 4
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
