Auto Supremo AS/0796/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0796/2017

Fecha: 25-Jul-2017

Al respecto, del contenido del Auto de Vista en el segundo considerando parágrafo cinco, se


Al respecto, del contenido del Auto de Vista en el segundo considerando parágrafo cinco, se advierte que este ha valorado la prueba alegada por el recurrente, al señalar que “en cuanto a la nulidad del documento de transferencia suscrito por la demandante y Delia Marquez Galvez al no encontrare declarada la falsedad del instrumento de poder y las transferencias efectuadas en mérito a dicho poder, no podría declarase la nulidad de la misma, al existir una presunción de legalidad”, de ello se infiere que el Ad quem conforme a la doctrina III.2, si, ha confrontado las pruebas unas con otras, descartando lo alegado por la parte recurrente en razón a que no existe declaratoria de falsedad de poder, debiendo tener en cuenta la parte recurrente que el hecho de que no esté de acuerdo con dicha valoración no implica falta u omisión de valoración, pues si estaba en desacuerdo con dicho análisis debió impugnar dicho razonamiento en el fondo y no a través de la omisión valorativa, que conforme se precisó supra no es evidente, por lo expuesto este punto denunciado resulta infundado